La cuota alimentaria es la obligación legal que tienen los padres (y excepcionalmente otros parientes) de proveer sustento a sus hijos menores de edad o mayores dependientes.
Establecimiento de la Cuota
La cuota alimentaria debe ser establecida de manera formal, proporcional a las necesidades del alimentario y la capacidad económica del alimentante.
- Conciliación (Vía Preferente): Se realiza ante Comisarías de Familia, Defensorías de Familia (ICBF) o Centros de Conciliación. Este acuerdo tiene la misma fuerza legal que una sentencia.
- Proceso Judicial: Si no hay acuerdo o el demandado incumple, se puede iniciar un proceso de Fijación de Cuota Alimentaria ante el Juez de Familia.
Modificación o Terminación
- Modificación: Se puede solicitar cuando las circunstancias han cambiado (ej. aumentó el salario del padre, o las necesidades del hijo por ingreso a la universidad).
- Terminación: La obligación generalmente cesa cuando el hijo alcanza la mayoría de edad (18 años), a menos que continúe estudiando, caso en el cual puede extenderse hasta los 25 años si mantiene la dependencia. También puede terminar por la muerte del alimentante/alimentario o por injuria grave.
Ambos procesos (modificación o terminación) requieren la presentación de una demanda ante Juez de Familia, demostrando el cambio de circunstancias.