La liquidación de prestaciones sociales se realiza al terminar el vínculo laboral, independientemente de la causa de finalización. Incluye los siguientes conceptos:
| Prestación Social | Fórmula de Cálculo | Cuándo se Paga |
| Cesantías | Salario Mensual Integral * Días Trabajados / 360 | Consignación al Fondo de Cesantías antes del 15 de febrero del año siguiente. |
| Intereses sobre Cesantías | (Cesantías Acumuladas * 12% * Días Trabajados) / 360 | Pago directo al trabajador antes del 31 de enero del año siguiente. |
| Prima de Servicios | Salario Mensual Integral * Días Trabajados / 360 | Mitad el 30 de junio y la otra mitad los primeros 20 días de diciembre. |
| Vacaciones | (Salario Básico * Días Trabajados) / 720 (Corresponde a 15 días hábiles por año). | Pago en la liquidación, proporcional al tiempo trabajado desde la última causación. |
Nota: El “Salario Mensual Integral” incluye todos los factores salariales (salario base, comisiones, auxilio de transporte, etc.). El cálculo de la base salarial para las prestaciones es un punto crítico de error.
¿Por qué elegirnos en Liquidaciones y Cálculo?
Ofrecemos cálculos de liquidación precisos y auditados que eliminan errores que puedan ser usados en su contra. La correcta determinación de la base salarial (factor que a menudo se calcula mal por la inclusión o exclusión de pagos no salariales) es nuestra especialidad. Evitamos recálculos, multas por mora en la consignación de cesantías y le proporcionamos la tranquilidad de que cada egreso final está respaldado por un análisis jurídico riguroso.