Es el mecanismo más rápido y sencillo para disolver el matrimonio civil, siempre y cuando ambos cónyuges estén completamente de acuerdo en todos los puntos, incluyendo la disolución de la sociedad conyugal y los acuerdos sobre los hijos (custodia, visitas y alimentos), si los hay.
Requisitos Esenciales
- Mutuo Acuerdo: Ambos deben estar de acuerdo en el divorcio y en todas sus consecuencias.
- Representación Legal: Es obligatorio contar con un abogado para la presentación de la solicitud.
- Acuerdo Escrito: Se debe presentar una solicitud conjunta ante Notaría, que contenga el acuerdo completo sobre:
- La disolución y liquidación de la sociedad conyugal (si existe patrimonio).
- La cuota alimentaria, custodia, régimen de visitas y gastos de educación para los hijos menores de edad o mayores dependientes.
- Matrimonio Civil: Aplica para matrimonios civiles. Para matrimonios religiosos, se requiere la Cesación de Efectos Civiles, la cual también puede tramitarse ante Notario por mutuo acuerdo.
Tiempo estimado
El trámite es notoriamente rápido: puede tomar entre 1 a 3 meses desde la radicación de la documentación completa en la Notaría hasta la inscripción del divorcio en el Registro Civil. El factor que más influye es la celeridad del notario y la complejidad de los bienes, si se liquida la sociedad conyugal.