Matrimonio Express: Guía Completa para Celebrar su Matrimonio Civil ante Notaría en Colombia
El matrimonio civil ante notario, a menudo llamado “matrimonio express”, es la forma más ágil y sencilla de formalizar legalmente su unión en Colombia, sin necesidad de recurrir a un juzgado. Es un trámite rápido, con plenos efectos legales.
¿Cómo se realiza el proceso? (paso a paso)
- Solicitud formal: Los contrayentes deben presentar una solicitud por escrito o verbalmente ante el notario de su elección. Esta solicitud debe manifestar su voluntad libre y espontánea de casarse.
- Entrega de documentos: Se entregan todos los documentos requeridos (ver sección siguiente) para que la Notaría inicie el estudio.
- Edicto: El Notario ordena fijar un edicto durante cinco (5) días hábiles en un lugar visible de la Notaría. Este edicto anuncia la intención de contraer matrimonio y busca que cualquier persona que conozca un impedimento legal lo manifieste
- Audiencia o Celebración: Si no se presenta ningún impedimento (oposición), el Notario programa la fecha y hora para la celebración del matrimonio. Esta puede ser una ceremonia formal o simplemente la firma de la Escritura Pública.
- Otorgamiento de Escritura Pública: El matrimonio se perfecciona mediante la firma de la Escritura Pública por parte de los contrayentes, el Notario y los testigos (si son necesarios según el caso).
- Registro: La Notaría se encarga de enviar la copia auténtica de la Escritura Pública a la Registraduría para el debido registro en el Libro de Matrimonios.
Documentos requeridos
| Documento | Requisito |
|---|---|
| Documentos de identidad | Original y copia de las cédulas de ciudadanía vigentes de ambos contrayentes. |
| Registro Civil de Nacimiento | Copias auténticas con una expedición no mayor a tres (3) meses. Deben incluir notas marginales de parentesco o matrimonio anterior (si aplica). |
| Declaración de No Impedimento | Declaración juramentada ante Notario de que no tienen impedimento legal para contraer matrimonio. (A veces incluida en la solicitud). |
| Si hay Hijos Menores de Edad | Inventario solemne de bienes de los menores, realizado previamente por un Notario o Juez. |
| Si alguno es Viudo | Copia del Registro Civil de Defunción del cónyuge anterior. |
| Si alguno es Divorciado | Copia de la Escritura Pública o Sentencia que decreta el divorcio y liquidación de la sociedad conyugal (si aplica), con las notas marginales en el Registro Civil de Matrimonio y Nacimiento. |
| Si alguno es Extranjero | Registro Civil de Nacimiento traducido y apostillado o legalizado; Certificado de soltería o su equivalente; pasaporte vigente. |